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	<title>Empresas Andalucia. En busca de la excelencia &#187; Ayudas</title>
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		<title>Junta de Andalucía y Gobierno ofrecen a empresas andaluzas del sector TIC participar como proveedores en el programa ‘Ninguna Empresa sin web’</title>
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		<pubDate>Thu, 26 Aug 2010 16:52:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia han abierto el plazo para que las empresas andaluzas del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) puedan participar en el programa NEW (Ninguna Empresa sin Web) como proveedoras de servicios de internet para las pymes [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="page">
<p>El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia han abierto el plazo para que las empresas andaluzas del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) puedan participar en el programa NEW (Ninguna Empresa sin Web) como proveedoras de servicios de internet para las pymes andaluzas.</p>
<p>Esta es la tercera edición del programa NEW y, como en anteriores ocasiones, la Con-sejería de Economía colabora con Red.es (entidad pública adscrita al Ministerio de Industria) en la difusión de esta iniciativa. La convocatoria para las empresas proveedoras permanecerá abierta hasta el 14 de septiembre.</p>
<p>En una primera fase se seleccionará a empresas del sector TIC andaluz como provee-doras y dinamizadoras de soluciones de internet. En concreto, las empresas adjudicatarias que colaboren con Red.es ofrecerán un paquete básico de presencia en internet, portal web empresarial y publicidad en la red a las compañías y firmas de la comunidad andaluza receptoras de las ayudas en especie. Las empresas del Sector TIC andaluz pueden aprovechar esta oportunidad de negocio, tanto en la categoría de colaborador nacional, como en la de colaborador autonómico.</p>
<p>El Programa NEW III está enmarcado en el plan general del Programa para el Impulso de la Empresa en Red del Gobierno central. Este proyecto lleva a cabo actuaciones para sensibilizar a las pymes sobre la utilidad de estar presentes en internet como factor clave para el desarrollo de su actividad, a través de medios como una página web, direcciones de correo electrónico con nombre de dominio propio, plataforma de comercio electrónico, medios de publicidad en internet, etc.</p>
<p>Según datos del INE de 2009, el 94,4% de las empresas andaluzas cuenta con co-nexión a Internet (el 97,4% de ellas por Banda Ancha) y el 51,4% cuentan con conexión a Internet y página web, dato que ha experimentado un notable incremento desde 2007 (46,17%).</p>
<p>En anteriores ediciones (convocatorias de 2007 y 2008), NEW consiguió que un total de 13.402 empresas andaluzas incorporaran servicios web, lo que supuso el 2,6% del total de pymes nacionales beneficiarias del programa. En cuanto a la participación en acciones de dinamización, en este periodo también se llevaron a cabo jornadas de formación. En concreto, se celebraron ocho talleres formativos en Andalucía, en los que participaron 580 asistentes.</p>
<p><a href="http://www.red.es/contratacion/procedimiento/id/660">http://www.red.es/contratacion/procedimiento/id/660</a></p>
<p>Fuente: <a href="http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/cocoon/index.html">Consejería de Economía, Innovación y Ciencia</a></p>
</div>
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		<title>Casi 2.000 emprendedoras reciben asesoramiento del Gobierno andaluz para la creación y consolidación de empresas</title>
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		<pubDate>Fri, 13 Aug 2010 20:36:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
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		<description><![CDATA[os programas desarrollados por el IAM y la fundación Andalucía Emprende persiguen reforzar la participación de las mujeres en el desarrollo económico Un total de 1.989 empresarias han recibido asesoramiento y formación para el fomento de la iniciativa emprendedora durante el primer semestre de 2010, fruto de la colaboración entre el Instituto Andaluz de la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>os programas desarrollados por el IAM y la fundación Andalucía Emprende persiguen reforzar la participación de las mujeres en el desarrollo económico</p>
<p>Un total de 1.989 empresarias han recibido asesoramiento y formación para el fomento de la iniciativa emprendedora durante el primer semestre de 2010, fruto de la colaboración entre el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) y Andalucía Emprende Fundación Pública Andaluza.</p>
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		<title>Orden de 26 de abril de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajador o trabajadora autónomo en Andalucía</title>
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		<pubDate>Wed, 12 May 2010 05:05:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
				<category><![CDATA[Andalucia]]></category>
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		<description><![CDATA[Si deseas establecerte como autónomo (perdón, o como autónoma, como bien dice el título de la norma), te puede interesar: Orden de 26 de abril de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajador o trabajadora autónomo en Andalucía. IMPORTES: 1. La subvención para el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si deseas establecerte como autónomo (perdón, o como autónoma, como bien dice el título de la norma), te puede interesar:</p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2010/85/d/1.html">Orden de 26 de abril de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajador o trabajadora autónomo en Andalucía.</a></p>
<p>IMPORTES:</p>
<div id="_mcePaste">1. La subvención para el establecimiento como trabajador o trabajadora autónomo consistirá en una cantidad a tanto alzado, que podrá alcanzar hasta un máximo de 11.000 euros en función de lo siguiente:</div>
<div id="_mcePaste">a) 5.000 euros para personas desempleadas en general.</div>
<div id="_mcePaste">b) 6.000 euros para:</div>
<div id="_mcePaste">1.º Personas jóvenes desempleadas de hasta 30 años, entendiéndose incluidos los jóvenes que en el año inmediatamente anterior a la solicitud del incentivo, hayan finalizado programas de formación o mixtos de formación y empleo de la Consejería de Empleo.</div>
<div id="_mcePaste">2.º Personas desempleadas provenientes de expedientes de regulación de empleo.</div>
<div id="_mcePaste">3.º Actividades desarrolladas en zona ATIPE.</div>
<div id="_mcePaste">c) 7.000 euros para mujeres desempleadas.</div>
<div id="_mcePaste">d) 8.000 euros para:</div>
<div id="_mcePaste">1.º Personas desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 por ciento.</div>
<div id="_mcePaste">2.º Personas desempleadas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, entendiendo por tales a las personas mayores de 45 años, las inmigrantes y las que se hallen en situación de desempleo por un período igual o superior a doce meses.</div>
<div id="_mcePaste">e) 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 por ciento.</div>
<div id="_mcePaste">f) En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de las letras c) y e) se incrementarán en un 10 por ciento.</div>
<p>1. La subvención para el establecimiento como trabajador o trabajadora autónomo consistirá en una cantidad a tanto alzado, que podrá alcanzar hasta un máximo de 11.000 euros en función de lo siguiente:a) 5.000 euros para personas desempleadas en general.b) 6.000 euros para:1.º Personas jóvenes desempleadas de hasta 30 años, entendiéndose incluidos los jóvenes que en el año inmediatamente anterior a la solicitud del incentivo, hayan finalizado programas de formación o mixtos de formación y empleo de la Consejería de Empleo.2.º Personas desempleadas provenientes de expedientes de regulación de empleo.3.º Actividades desarrolladas en zona ATIPE.c) 7.000 euros para mujeres desempleadas.d) 8.000 euros para:1.º Personas desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 por ciento.2.º Personas desempleadas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, entendiendo por tales a las personas mayores de 45 años, las inmigrantes y las que se hallen en situación de desempleo por un período igual o superior a doce meses.e) 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33 por ciento.f) En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de las letras c) y e) se incrementarán en un 10 por ciento.</p>
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		<title>Incentivos para la Creación, Consolidación y Modernización de las Iniciativas Emprendedoras del Trabajo Autónomo</title>
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		<pubDate>Thu, 19 Nov 2009 09:41:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
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		<description><![CDATA[La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en su contribución al impulso y apoyo a la actividad económica en Andalucía, ha diseñado el Programa de Incentivos para la Creación, Consolidación y Modernización de las Iniciativas Emprendedoras del Trabajo Autónomo para el período 2009-2013. Un programa de incentivos orientado a mejorar la capacidad de financiación de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en su contribución al impulso y apoyo a la actividad económica en Andalucía, ha diseñado el Programa de Incentivos para la Creación, Consolidación y Modernización de las Iniciativas Emprendedoras del Trabajo Autónomo para el período 2009-2013.</p>
<p>Un programa de incentivos orientado a mejorar la capacidad de financiación de los proyectos, la agilidad y eficacia en la atención y resolución de incentivos, el fomento del empleo, la igualdad de oportunidades y la inserción de los jóvenes en el mercado laboral.</p>
<p>Este programa de incentivos permitirá:<span id="more-3910"></span></p>
<p>1. Generalizar el acceso a los incentivos a los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia.</p>
<p>2. Primar el lanzamiento y consolidación de autónomos con alto grado competitivo.</p>
<p>3. Favorecer la incorporación a la actividad económica de las personas que buscan su primera ocupación, desempleados y colectivos más desfavorecidos.</p>
<p>4. Reforzar al colectivo de autónomos ya existente en sectores tanto estratégicos preferentes como sectores de carácter tradicional.</p>
<p>Beneficiarios y tipos de incentivos</p>
<p>Los incentivos podrán ser solicitados por cualquier persona que realice o vaya a realizar de forma habitual una actividad económica por cuenta propia en todos los sectores económicos excepto agricultura, pesca y acuicultura y ayudas para la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera.</p>
<p>* Incentivos para la creación de iniciativas emprendedoras: para personas que vayan a iniciar una actividad económica por cuenta propia y que presenten un proyecto para una iniciativa emprendedora de trabajo autónomo.</p>
<p>En la primera convocatoria del año 2009 se considerará también proyecto de creación aquellos autónomos que hayan iniciado su actividad a lo largo del ejercicio 2008 y 2009 hasta la fecha de apertura de la convocatoria.</p>
<p>* Incentivos para la consolidación y modernización:</p>
<p>Proyectos promovidos por quienes desarrollan una actividad económica por cuenta propia, y que incorporen mejoras sustanciales en sus productos, procesos, servicios, organización o modelo de negocio, de manera que de ésta se pueda derivar una mejora de la competitividad.</p>
<p>Convocatoria</p>
<p>Para el año 2009 se realizan tres convocatorias, estando en vigor la primera de ellas hasta el día 19 de mayo de 2009 (45 días naturales a partir del día siguiente de la entrada en vigor de la Orden).</p>
<p>La solicitud de incentivos se resolverá en un plazo máximo de tres meses a partir del cierre de cada convocatoria.</p>
<p>Información y asesoramiento: Red Territorial de Apoyo a Emprendedores</p>
<p>Los 215 Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial de la Red Territorial de Apoyo a Emprendedores prestará a los solicitantes toda la información y el apoyo necesario para la cumplimentación del formulario de solicitud y la elaboración de la memoria descriptiva del proyecto. Puede encontrar los datos de contacto de los Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial de su provincia pinchando aquí</p>
<p>Además, los trabajadores y trabajadoras autónomos de Andalucía podrán solicitar el acceso a los servicios de la Red Territorial de Apoyo a Emprendedores, incluyendo tanto el asesoramiento técnico especializado y la formación en gestión empresarial, como la cesión de espacios para la definición del plan de empresa y el inicio de la actividad económica correspondiente -alojamiento empresarial.</p>
<p>Además, también podrán ser suministradoras de servicios de apoyo a iniciativas emprendedoras a aquellas Asociaciones y Entidades colaboradoras que prestan servicios de asistencia y asesoramiento técnico en el marco de la Concertación Social y del artículo 21 de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.</p>
<p>Tramitación: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA</p>
<p>Puede acceder al tramitador del Programa de Incentivos para la Creación, Consolidación y Modernización de las Iniciativas Emprendedoras del Trabajo Autónomo desde aquí</p>
<p>Relación de solicitudes presentadas en las distintas convocatorias</p>
<p>Puede acceder al listado de las solicitudes presentadas en las distintas convocatorias desde aquí</p>
<p>Más información</p>
<p>Texto completo del Boletín Oficial. BOJA nº 65 del 3 de abril de 2009.</p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/65/d/updf/d1.pdf">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/65/d/updf/d1.pdf</a></p>
<p>Corrección de errata de la Orden de 25 de marzo de 2009. BOJA nº74 del 20 de abril de 2009.</p>
<div><em>CORRECCIÓN de errata de la Orden de 25 de marzo de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras</em></div>
<p><em>de un programa de incentivos para la creación, consolidación y modernización de iniciativas emprendedoras del</em></p>
<p><em>trabajo autónomo y se efectúan sus convocatorias para el período 2009-2013 (BOJA núm. 65, de 3.4.2009).</em></p>
<p><em>Advertida errata en la disposición de referencia, a continuación se procede a su publicación:</p>
<p></em></p>
<p><em>En la página 8 columna de la derecha donde dice:</em></p>
<div><em> </em></div>
<p><em>«2. Los gastos de los subapartados a), b) y c) sólo serán incentivables para los proyectos de creación. Los gastos de los subapartados f) y g) serán los correspondientes a los primeros seis meses desde el inicio de la actividad.»</em></p>
<p><em>Debe decir:</em></p>
<p><em> </em></p>
<div><em>«2. Los gastos de los subapartados f), g) y h) sólo serán incentivables para los proyectos de creación. Los gastos de los subapartados g) y h) serán los correspondientes a los primeros seis meses desde el inicio de la actividad.»</em></div>
<p><em>Sevilla, 14 de abril de 2009</em></p>
<p><em> </em></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Ejes Plan Avanza 2009</title>
		<link>http://www.empresasandalucia.com/ejes-plan-avanza-2009/</link>
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		<pubDate>Wed, 14 Oct 2009 06:23:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
				<category><![CDATA[Innovación]]></category>
		<category><![CDATA[Tecnología]]></category>
		<category><![CDATA[Ayudas]]></category>
		<category><![CDATA[Plan avanza]]></category>

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		<description><![CDATA[http://www.planavanza.es/LineasEstrategicas/AreasDeActuacion/ Eje Capacitación Eje Contenidos y Servicios Digitales Eje Capacitación Persigue incorporar masivamente a la SI tanto a ciudadanos como a empresas, con una prioridad reforzada en las pymes y sus trabajadores. Dentro de este eje, se reforzará la prioridad de incorporación a la SI de colectivos especiales, personas con discapacidad y mayores, así como [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.planavanza.es/LineasEstrategicas/AreasDeActuacion/">http://www.planavanza.es/LineasEstrategicas/AreasDeActuacion/</a></p>
<p>Eje Capacitación<br />
Eje Contenidos y Servicios Digitales</p>
<p>Eje Capacitación<br />
Persigue incorporar masivamente a la SI tanto a ciudadanos como a empresas, con una prioridad reforzada en las pymes y sus trabajadores. Dentro de este eje, se reforzará la prioridad de incorporación a la SI de colectivos especiales, personas con discapacidad y mayores, así como la extensión de los beneficios de las TIC en las microempresas.</p>
<p>Eje Contenidos y Servicios Digitales<br />
Persigue mejorar la calidad de los servicios prestados por las Administraciones Públicas en Red, con énfasis especial en el apoyo a las Entidades Locales y el desarrollo de las funcionalidades del DNI electrónico. La generación de un entorno dinamizador de la Sociedad de la Información pasa por el fomento de la creación de contenidos digitales que preserven nuestro acervo cultural.</p>
<p>Eje Desarrollo del Sector TIC<br />
Eje Infraestructuras<br />
Eje Confianza y Seguridad</p>
<p>Eje Desarrollo del Sector TIC<br />
El objetivo es el de apoyar a empresas que desarrollen nuevos productos, procesos, aplicaciones, contenidos y servicios TIC, promoviendo la participación industrial española en la construcción de la Internet del Futuro y el desarrollo de contenidos digitales. Se financiarán programas de innovación ligados a la SI que permitan seguir avanzando en la mejora de la competitividad del sector TIC.</p>
<p>Eje Infraestructuras<br />
Impulsará el desarrollo y la implantación de la SI en entornos locales, mejorando la prestación de los servicios públicos electrónicos al ciudadano y las empresas mediante el uso de las TIC. Asimismo, se extenderá la adopción de la TDT de cara a la plena sustitución de la TV analógica por la digital, en el marco del Plan Nacional de Transición a la TDT.</p>
<p>Eje Confianza y Seguridad<br />
Persigue el doble objetivo de reforzar la confianza en las TIC entre ciudadanos y empresas, mediante políticas públicas de seguridad de la información, y fomentar la accesibilidad de los servicios TIC.</p>
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		</item>
		<item>
		<title>Real Decreto-ley 2/2009, de 6 de marzo, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas</title>
		<link>http://www.empresasandalucia.com/real-decreto-ley-22009-de-6-de-marzo-de-medidas-urgentes-para-el-mantenimiento-y-el-fomento-del-empleo-y-la-proteccion-de-las-personas-desempleadas/</link>
		<comments>http://www.empresasandalucia.com/real-decreto-ley-22009-de-6-de-marzo-de-medidas-urgentes-para-el-mantenimiento-y-el-fomento-del-empleo-y-la-proteccion-de-las-personas-desempleadas/#comments</comments>
		<pubDate>Sat, 10 Oct 2009 09:19:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
				<category><![CDATA[EMPLEO]]></category>
		<category><![CDATA[Ayudas]]></category>
		<category><![CDATA[Crisis]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>

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		<description><![CDATA[Recoge una medida dirigida a favorecer la regulación temporal de empleo bonificando las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social en un 50 por ciento en aquellos supuestos en que se proceda por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción a un ajuste temporal del empleo. http://www.pymesonline.com/formacion/index.php?action=file&#38;id=1277 Yo recomiendo leer este artículo Artículo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Recoge una medida dirigida a favorecer la regulación temporal de empleo bonificando las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social en un 50 por ciento en aquellos supuestos en que se proceda por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción a un ajuste temporal del empleo.</p>
<p><a href="http://www.pymesonline.com/formacion/index.php?action=file&amp;id=1277">http://www.pymesonline.com/formacion/index.php?action=file&amp;id=1277</a><span id="more-881"></span></p>
<p>Yo recomiendo leer este artículo</p>
<p align="justify"><span style="font-size: x-small; font-family: Arial,Arial;"> </span></p>
<p><span style="font-size: x-small;"><span style="font-size: x-small;"> </span></span></p>
<p><span style="font-size: x-small;"> </span></p>
<p align="justify">Artículo 5.</p>
<p align="justify">
<p align="justify"><em><span style="font-size: x-small; font-family: Arial,Arial;"><span style="font-size: x-small; font-family: Arial,Arial;">Bonificaciones por la contratación indefinida de trabajadores beneficiarios de las prestaciones por desempleo.</span></span></em><span style="font-size: x-small;"> </span></p>
<p align="justify">1. Los empleadores que contraten indefinidamente hasta el 31 de diciembre de 2009 a trabajadores desempleados beneficiarios de las prestaciones o los subsidios por desempleo regulados en el Título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, o de la Renta Activa de Inserción, tendrán derecho a una bonificación del 100 por ciento en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes hasta que la cuantía de la bonificación alcance un importe equivalente a la cuantía bruta de la prestación, subsidio o Renta Activa de Inserción que tuviera pendiente de percibir en la fecha de inicio de la relación laboral, sin que en ningún caso la bonificación pueda superar los tres años de duración.</p>
<p align="justify">Si el contrato fuera a tiempo parcial, la cuantía de la bonificación se reducirá en proporción a la jornada pactada. Si el contrato fuera para trabajos fijos discontinuos, la bonificación sólo se aplicará a los períodos de ocupación del trabajador.</p>
<p align="justify">2. La cuantía global de la bonificación quedará fijada en la fecha de inicio de la relación laboral y no se modificará por las circunstancias que se produzcan con posterioridad, salvo cuando se varíe la jornada pactada o el tipo de contrato, en cuyo caso se aplicará por el empresario lo establecido en los apartados anteriores sobre el importe de la bonificación pendiente de disfrutar a partir de ese momento.</p>
<p align="justify">El empleador, a efectos del cálculo de la duración de las bonificaciones, requerirá al trabajador un certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el importe de la prestación o subsidio por desempleo o Renta Activa de Inserción pendiente de percibir en la fecha prevista de inicio de la relación laboral.</p>
<p align="justify">3. En el caso de desempleados beneficiarios de la prestación contributiva, el trabajador deberá haber percibido la prestación durante, al menos, tres meses en el momento de la contratación.</p>
<p align="justify">4. El empleador beneficiario deberá mantener la estabilidad en el empleo del trabajador contratado durante al menos un año desde la fecha de inicio de la relación laboral, procediendo en caso de incumplimiento de esta obligación al reintegro de las bonificaciones aplicadas, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.</p>
<p align="justify">No se considerará incumplida esta obligación cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado o reconocido como procedente, por dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador.</p>
<p align="justify">5. Sin perjuicio de las obligaciones establecidas para los trabajadores en el artículo 231 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, la aplicación de la bonificación prevista en este artículo requerirá el consentimiento del trabajador desempleado, que se expresará en el contrato de trabajo.</p>
<p align="justify">En todo caso, el disfrute de la bonificación por el empresario no afectará al derecho del trabajador a las prestaciones por desempleo que le restasen por percibir en el momento de la colocación, que se podrán mantener si se trata de un contrato a tiempo parcial o recuperar en el futuro si así corresponde aplicando lo establecido en la legislación vigente.</p>
<p align="justify">6. La bonificación a que se refiere este artículo será incompatible con cualesquiera otras previstas para la misma finalidad. En el caso de que la contratación de un trabajador pudiera dar lugar simultáneamente a la aplicación de otras bonificaciones, sólo podrá aplicarse una de ellas, correspondiendo la opción al beneficiario en el momento de formalizar el alta del trabajador en la Seguridad Social.</p>
<p><span style="font-size: xx-small;">cve: BOE-A-2009-3903</span></p>
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		<title>Centro de Recursos Empresariales Avanzados, CREA</title>
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		<pubDate>Wed, 07 Oct 2009 10:09:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
				<category><![CDATA[Emprendedores]]></category>
		<category><![CDATA[Iniciador]]></category>
		<category><![CDATA[Innovación]]></category>
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		<category><![CDATA[EMPLEO]]></category>
		<category><![CDATA[Formación]]></category>
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		<description><![CDATA[El itinerario de apoyo al emprendedor del Ayuntamiento de Sevilla, desarrollado por la Delegación de Economía y Empleo y Sevilla Global, Agencia de Desarrollo Integral, se completa con el Centro de Recursos Empresariales Avanzados, CREA, un equipamiento público de última generación que alberga un avanzado programa de incubación empresarial. Estas instalaciones de apoyo al emprendedor, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El itinerario de apoyo al emprendedor del Ayuntamiento de Sevilla, desarrollado por la Delegación de Economía y Empleo y Sevilla Global, Agencia de Desarrollo Integral, se completa con el Centro de Recursos Empresariales Avanzados, CREA, un equipamiento público de última generación que alberga un avanzado programa de incubación empresarial.</p>
<p>Estas instalaciones de apoyo al emprendedor, con 3.000 m² útiles sobre rasante, cuentan con una oferta de 21 módulos totalmente amueblados y equipados, desde 30 hasta 60 m²; servicios avanzados de Internet, mantenimiento y seguridad 24 horas; cuatro salas de reuniones con capacidad para doce personas cada una; parking de 46 plazas; dos aulas para programas de formación [una con una capacidad de 35 personas y otra con equipamiento informático para un total de 18 personas]; servicios de reprografía, centro de recursos documentales y un auditorio con capacidad para 178 personas perfectamente equipado y con dos cabinas de traducción que permiten simultanear hasta cuatro idiomas.</p>
<p>Más información: <a href="http://www.creasevilla.org/">http://www.creasevilla.org/</a></p>
<p>Obtén información más detallada de todas nuestras instalaciones y tarifas en nuestra web <a href="http://www.creasevilla.org">www.creasevilla.org</a>. Es el portal de recursos y servicios para la creación y consolidación de empresas del Ayuntamiento de Sevilla que desarrollan la Delegación de Economía y Empleo, a través del Servicio de Promoción y Formación Empresarial, y Sevilla Global, a través de su incubadora CREA.</p>
<p>En este portal, además de los servicios que ya se ofrecen actualmente, como el alojamiento en la incubadora, la reserva de espacios en el edificio, la acreditación de empresas colaboradoras, etc., tienes a tu disposición tres grandes áreas de recursos:</p>
<p>Consolida tu Empresa: se puede navegar por las principales temáticas que caracterizan la vida de una empresa y encontrar los recursos que se ofrecen en cada una de ellas: estrategia, financiación, marketing y ventas, internacionalización, I+D e innovación, gestión económica, organización de la empresa, y cooperación y networking.</p>
<p>CREA tu Empresa: se facilita el acceso a espacios, asesoramiento, actividades, guías, artículos, informes, servicios en línea y enlaces de interés para la creación de empresas: idea de negocio, formas jurídicas y trámites, marketing, plan de negocio, fiscalidad, financiación, y local y ubicación.</p>
<p>Red CREA Empresa: una red para cooperar, intercambiar y hacer negocio, formada por empresas del Centro de Recursos Empresariales Avanzados, CREA, y por empresas que han participado en programas de la Delegación de Economía y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla.</p>
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		<title>Programa de ayudas para nuevas iniciativas empresariales (PANIE)</title>
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		<pubDate>Thu, 01 Oct 2009 15:49:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
				<category><![CDATA[Emprendedores]]></category>
		<category><![CDATA[Ayudas]]></category>
		<category><![CDATA[Sevilla]]></category>

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			<content:encoded><![CDATA[<p class="formato_texto1">La finalidad de este Programa es fomentar y apoyar la creación y consolidación de nuevas iniciativas empresariales en el término municipal de Sevilla.</p>
<p><a href="http://www.sevilla.org/impe/sevilla/contenido?pag=/contenidos/economia_industria/Areas_trabajo/Programa_ayudas_nuevas_iniciativas_empresariales&amp;idActivo=C30445&amp;idSeccion=C646&amp;vE=D4268">http://www.sevilla.org/impe/sevilla/contenido?pag=/contenidos/economia_industria/Areas_trabajo/Programa_ayudas_nuevas_iniciativas_empresariales&amp;idActivo=C30445&amp;idSeccion=C646&amp;vE=D4268</a></p>
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		<title>Incentivos para la creación, consolidación y modernización de iniciativas emprendedoras del trabajo autónomo</title>
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		<pubDate>Wed, 30 Sep 2009 08:20:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Roberto Gonzalez @rrhhsevilla</dc:creator>
				<category><![CDATA[Emprendedores]]></category>
		<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Ayudas]]></category>

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			<content:encoded><![CDATA[<p>Incentivos para la creación, consolidación y modernización de iniciativas emprendedoras del trabajo autónomo</p>
<p>ORDEN de 25 de marzo de 2009,por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para la creación, consolidación y modernización de iniciativas emprendedoras del trabajo autónomo y se efectúan sus convocatorias para el período 2009-2013.</p>
<p><a href="http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/65/index.html">http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/65/index.html</a></p>
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